Contribuyentes con residencia habitual en las provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
Para la campaña de Renta 2025, la Comunidad Autónoma de Canarias ofrece las siguientes deducciones a sus contribuyentes:
Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias (marca 1)
Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia (marca 10)
Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años (automática)
Por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual (marca 33)
Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad (automática)
Por la puesta de viviendas en el mercado de arrendamiento de viviendas habituales (marca 41)
ℹ️ Recuerda que, tras rellenar todos los datos solicitados en cada marca, el programa completa automáticamente las casillas de los anexos correspondientes a las deducciones autonómicas.
Por donaciones con finalidad ecológica (marca 1)
Normativa: Art. 3 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción: 10% de las donaciones dinerarias destinadas a la protección del medio ambiente
Límite máximo: 150 € por contribuyente o 10% de la cuota autonómica (el menor de ambos). En tributación conjunta: cada contribuyente aplica su límite individual.
Requisitos
Los destinatarios deben ser:
- Administraciones públicas de Canarias.
- Entidades sin ánimo de lucro dedicadas exclusivamente al medio ambiente.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 1. Indicar el importe y marcar la casilla «Donación con finalidad ecológica».
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0941]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No.
Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias (marca 1)
Normativa: Art. 4 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: El 20% de las cantidades donadas
-
Límite Máximo: 150 € por contribuyente, o 10% de la cuota íntegra autonómica (el menor). En tributación conjunta:
- Cada contribuyente aplica su límite individual (150 €).
- El límite del 10% se calcula sobre la cuota conjunta.
Requisitos
Deben destinarse a la rehabilitación o conservación de bienes del patrimonio histórico de Canarias.
-
Los bienes deben estar:
inscritos como Bien de Interés Cultural, o
incluidos en el Inventario de Bienes Muebles.
-
Las donaciones deben hacerse a:
Administraciones públicas o entidades dependientes.
Iglesia católica u otras confesiones con acuerdos con el Estado.
Fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la conservación del patrimonio histórico.
Es necesario contar con la documentación acreditativa de la donación.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 1. Indicar importe y marcar la casilla «Donación para la rehabilitación del patrimonio».
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0917]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia (marca 10)
Normativa: Art. 4 bis Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: 15% de las donaciones o aportaciones realizadas
-
Límite máximo: 5% de la cuota íntegra autonómica. En tributación conjunta:
- Cada contribuyente aplica su base máxima
- El límite del 5% se calcula sobre la cuota conjunta
Requisitos
Límites de base según el destinatario de la donación:
Administraciones públicas y entidades culturales/deportivas/investigación: 50.000 €
Empresas culturales (<300.000 € fondos propios): 3.000 €
Empresas científicas (<300.000 € fondos propios): 3.000 €
Universidades y centros de investigación/enseñanzas artísticas: 50.000 €
Universidades públicas y centros artísticos (acceso educación superior): 50.000 €
Empresas tecnológicas vinculadas a investigación universitaria: 50.000 €
Otros requisitos:
- Requiere justificación documental.
Incompatible con las deducciones: Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación (marca 6), para la misma inversión.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 10. Indicar importes en las casillas que correspondan según tipo de destinatario.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0934]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por donaciones a entidades sin ánimo de lucro (marca 31)
Normativa: Art. 4 ter Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
-
Deducción por donativos (adicional a la estatal):
20% sobre los primeros 150 € donados
15% sobre el resto o 17,5% sobre el resto si donas a la misma entidad durante 3 años seguidos (importe igual o mayor cada año)
Límite máximo: 10% de la base liquidable del contribuyente
Requisitos
Donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002.
Se requiere justificación documental.
Incompatible con las deducciones: Por donaciones con finalidad ecológica (marca 1) y Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia (marca 10), sobre los mismos donativos.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 31. Marcar si procede la casilla «Donación a la misma entidad por importe superior o igual que los dos ejercicios anteriores» para aplicar el incremento sobre la deducción.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0935]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural (marca 4)
Normativa: Arts. 6 y 14 quater Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción: 10% de los gastos en restauración, rehabilitación o reparación.
-
Límite máximo: 10% de la cuota autonómica.
- Límite conjunto con otras deducciones de vivienda: 15% de la cuota autonómica.
- Importante: La base se reduce por las subvenciones públicas recibidas (si son rentas exentas).
Requisitos
- El inmueble debe estar declarado o inscrito como Bien de Interés Cultural (BIC).
- Las obras deben estar autorizadas por la administración competente.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 4
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0918]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No.
Por gastos de estudios de educación superior (marca 3)
Normativa: Art. 7 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción:
A) Si estudian fuera de la isla: 1.800 € o 1.920 € si la base liquidable del contribuyente es inferior a 37.062 €.
B) Si estudian en la isla pero viven fuera del domicilio familiar (alquiler o residencia): 900 €
Límite máximo: 40% de la cuota autonómica
Requisitos
Deben cumplirse los siguientes requisitos para su aplicación:
Requisitos del hijo:
Menor de 25 años, soltero y dependiente económicamente del contribuyente a fecha de devengo del impuesto
Si estudian fuera de la isla, los estudios superiores deben abarcar un curso completo o mínimo de 30 créditos y que no exista oferta pública equivalente en su isla
Que no haya obtenido rentas superiores a 8.000 €
Requisitos del contribuyente:
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
46.455 euros en tributación individual
61.770 euros en tributación conjunta
Otros requisitos:
- Se aplica en el año de inicio del curso.
Si hay varios contribuyentes con derecho, se prorratea el importe. Si tienen distinto grado de parentesco con el descendiente, aplicará la deducción los que tengan el grado más cercano.
- En alquiler/residencia, hay que informar datos (NIF arrendador, vivienda, etc.)
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 3. Indicar el nº de personas con derecho, nº de hijos estudiando fuera de la isla o el nº de hijos estudiando en la isla pero fuera de su domicilio habitual. En este último caso, es necesario completar según proceda:
NIF Arrendador
NIF del Colegio Mayor o Residencia de estudiantes
Referencia Catastral de la vivienda arrendada
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0919]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.13 casilla de la [2062] y siguientes hasta la [2071]
Por gastos de estudios no superiores (marca 36)
Normativa: Art. 7 bis Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción: 100% de los gastos en libros de texto y material escolar (también digital), transporte, uniforme y comedor escolar
- Límite máximo: 133 € por el primer hijo y 66 € adicionales por cada hijo adicional
Requisitos
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
46.455 euros en tributación individual
61.770 euros en tributación conjunta
Generan derecho los descendientes o asimilados (tutela o acogimiento) que den derecho al mínimo por descendientes y estén escolarizados (infantil, primaria y secundaria/postobligatoria).
Es necesario conservar las facturas.
La base de la deducción se minora en el importe de las ayudas públicas recibidas.
Solo pueden deducir quienes aparezcan en la factura, salvo matrimonios en gananciales.
-
Reglas de aplicación:
Si hay varios contribuyentes con derecho: se prorratea por partes iguales
Solo el grado de parentesco más cercano puede aplicar la deducción
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 36. Además del importe satisfecho, indicar el nº de personas con derecho.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0936]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica (marca 5)
Normativa: Art. 8 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción: 300 € en el año del cambio de residencia y en el siguiente
Límite máximo: No puede superar la parte autonómica de la cuota íntegra derivada de rendimientos del trabajo y actividades económicas
Ámbito Temporal
Se aplica durante dos ejercicios fiscales consecutivos.
Requisitos
- El cambio de isla debe ser por trabajo (por cuenta ajena o actividad económica).
- El contribuyente debe permanecer en la isla de destino el año del traslado y los 3 años siguientes.
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, correspondiente al ejercicio en que se origina el derecho a la deducción no sea superior a:
- 46.455 euros en tributación individual
- 61.770 euros en tributación conjunta
- Si el año de traslado fue 2024, deben cumplirse estos límites:
- 45.500 euros en tributación individual
- 60.500 euros en tributación conjunta
En tributación conjunta se aplica a cada cónyuge que se traslade. Si ambos se han trasladado para realizar una actividad, el límite de la deducción en tributación conjunta se calcula de forma conjunta para ambos.
Pérdida del derecho
Si no se cumplen los requisitos de permanencia o traslado, hay que devolver la deducción con intereses de demora.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 5. Marcar la casilla que corresponda (solo una):
«Por traslado de residencia a otra isla para actividades laborales o económicas en el ejercicio»
«Si el traslado se produjo en el año anterior, marque la casilla»
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0920]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación (marca 6)
Normativa: Art. 9 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
-
Deducción:
20% de lo invertido en acciones o participaciones de sociedades anónimas o limitadas
30% de lo invertido en empresas vinculadas a universidades o centros de investigación y sociedades laborales o cooperativas
-
Límite máximo:
- 4.000 € anuales para inversiones en acciones o participaciones de sociedades anónimas o limitadas
-
6.000 € anuales para inversiones en empresas vinculadas a universidades o centros de investigación y sociedades laborales o cooperativas
En tributación conjunta, cada miembro aplica sus propios límites y luego se suman.
Requisitos
El contribuyente (junto con familiares cercanos) no puede superar el 40% del capital o derechos de voto.
No puede ejercer funciones de dirección o ejecutivas y debe mantener la inversión mínimo 3 años.
La entidad debe tener su domicilio fiscal y social en Canarias y realizar una actividad económica real.
-
Condiciones adicionales empresa:
Si es nueva empresa: al menos 1 trabajador a jornada completa desde el inicio. Condición no obligatoria en sociedades laborales o cooperativas.
Si es ampliación de capital: incremento de plantilla de 1 persona mínimo y mantenerlo durante 2 años.
Incompatible con las deducciones: Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia (marca 10, aportaciones de capital a empresas de base tecnológicas creadas o desarrolladas a partir de patentes), para la misma acción o participación. En caso de adquirir varias acciones o participaciones de una misma empresa, puede repartirlas entre ambas deducciones.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 6. Además, informar el NIF de la entidad y la cantidad invertida en la casilla correspondiente (según el tipo de entidad):
(1) Sociedades Anónimas o Sociedades Limitadas.
(2) Sociedades Anónimas Laborales, Sociedades de Responsabilidad Limitada Laborales o Sociedades Cooperativas.
(3) Sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [2246]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.11 casilla de la [1131] y siguientes hasta la [1136]
Por nacimiento o adopción de hijos (automática)
Normativa: Art. 10 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
-
Deducción:
- 1.º o 2.º hijo: 265 €
- 3.º hijo: 530 €
- 4.º hijo: 796 €
- 5.º y siguientes: 928 €
-
Incremento adicional: Si el hijo tiene discapacidad ≥ 65% (y convive todo el año):
- 1.º o 2.º hijo con discapacidad: Se incrementa en 600 €
- 3.º o posteriores: Se incrementa en 1.100 € (si sobreviven los anteriores con discapacidad)
- Límite máximo: La cuota íntegra autonómica
Requisitos
Si ambos progenitores o adoptantes tienen derecho y declaran por separado, la deducción se divide al 50%.
Se cuentan los hijos que convivan con el contribuyente a 31 de diciembre (incluidos adoptivos y, en ciertos casos, aunque estén en centros especializados).
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
- 46.455 euros en tributación individual
- 61.770 euros en tributación conjunta
- Compatible con las deducciones: Por familia numerosa.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Ascendientes y Descendientes
Configuración de la deducción: Automática en función de los datos informados en Ascendientes y Descendientes.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0922]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años (automática)
Normativa: Art. 11 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
-
Deducción:
- 400 € por contribuyente con discapacidad ≥ 33%
- 160 € por contribuyente mayor de 65 años
Ambas deducciones son compatibles (se pueden sumar).
Requisitos
- Se tiene en cuenta la situación personal a 31 de diciembre.
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, correspondiente al ejercicio en que se origina el derecho a la deducción no sea superior a:
- 46.455 euros en tributación individual
- 61.770 euros en tributación conjunta
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Datos Identificativos / Ascendientes y Descendientes
Configuración de la deducción: Automática en función de la fecha de nacimiento y del grado de discapacidad del contribuyente y de los ascendientes o descendientes que den derecho al mínimo.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0923]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por acogimiento de menores (marca 32)
Normativa: Art. 11 bis Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: 330 € por cada menor en acogimiento familiar (urgente, temporal o permanente)
Requisitos
- Debe convivir con el contribuyente todo el año. Si no, la deducción se prorratea por días.
- No aplica si el menor es adoptado en ese mismo año.
- Si hay varios contribuyentes con derecho y declaran por separado, se reparte al 50%.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 32. Además, informa el número de días de convivencia y las personas con derecho.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0937]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por familias monoparentales (automática)
Normativa: Art. 11 ter Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: 133 € por contribuyente
Requisitos
Tener descendientes a cargo y no convivir con otras personas, excepto ascendientes que den derecho al mínimo por ascendientes.
-
Se entiende por descendientes:
Hijos menores que convivan con rentas no superiores a 8.000 €
Hijos mayores de edad con discapacidad que convivan con rentas no superiores a 8.000 €
Incluye descendientes que no convivan pero dependan económicamente del contribuyente y estén internados en centros especializados
También descendientes tutelados o acogidos
- Debe existir convivencia durante al menos 183 días al año
No se pierde la deducción por convivir con descendientes que no dan derecho a ella, siempre que sus ingresos no superen 8.000 € anuales (sin contar rentas exentas).
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
- 46.455 euros en tributación individual
- 61.770 euros en tributación conjunta
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Ascendientes y Descendientes
Configuración de la deducción: Automática en función de los datos informados en los descendientes (fecha de nacimiento, grado de discapacidad...). Si no se desea aplicar, se puede desactivar marcando «No aplicar deducción autonómica para familias monoparentales» en el registro del descendiente.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0938]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por gastos de custodia en guarderías (marca 7)
Normativa: Art. 12 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción: 18% de los gastos de custodia en guarderías autorizadas para descendientes menores de 3 años
- Límite máximo: 530 € al año por cada hijo
Requisitos
- Progenitor o tutor que conviva con menores de 3 años (incluye tutela o acogimiento).
-
Límites de renta: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
- 46.455 euros en tributación individual
- 61.770 euros en tributación conjunta
- Gastos justificados con factura válida
- Si hay varios contribuyentes con derecho, el importe se prorratea por partes iguales
- Se calcula según la situación a 31 de diciembre
El año en que el menor cumple 3 años, el importe y el límite se calculan de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos
- Se deben restar ayudas públicas recibidas de la base de deducción
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 7. Obligatorio informar
NIF de la guardería
Importe abonado a la guardería (el total, si se ha pagado entre más de una persona).
Nº de meses en caso de que el menor cumpla 3 años durante el ejercicio, indica el número de meses que ha asistido a la guardería mientras era menor de 3 años
Nº de personas con derecho
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0924]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por familia numerosa (marca 8)
Normativa: Art. 13 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
-
Deducción:
- 597 € para categoría general y 796 € para categoría especial
- Si hay discapacidad igual o superior al 65% en algún cónyuge o descendiente, la deducción pasa a ser:
- 1.326 € en categoría general
- 1.459 € en categoría especial
Requisitos
En caso de parejas de hecho, la discapacidad solo aumenta la deducción si la persona está incluida en el título de familia numerosa.
- La condición de familia numerosa se regula por la Ley 40/2003.
Es necesario tener el título oficial de familia numerosa emitido por Canarias u otra comunidad autónoma.
La deducción la aplicará el contribuyente con el que convivan los miembros de la familia numerosa. Si conviven con varios contribuyentes, se reparte a partes iguales.
- Compatible con las deducciones: Por nacimiento o adopción de hijos (automática)
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 8. También se tiene en cuenta la información sobre discapacidad informada en Datos Identificativos y Ascendientes y Descendientes. Marcar la condición de familia numerosa.
En el caso de parejas de hecho incluida en el título y con contribuyentes con discapacidad igual o superior al 65%, activar la casilla correspondiente para aplicar incremento.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0925]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por inversión en vivienda habitual (automática)
Normativa: Arts. 14 y 14 quater Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Véase también la disposición adicional primera del Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma (BOC 01-10-2021 - BOE 25-11-2021)
Importes
- Deducción: según la suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente:
| Situación | Base imponible total | Porcentaje |
|---|---|---|
| General | Inferior a 26.035 € | 5% |
| Entre 26.035 € y 46.455 € | 3,5% | |
| Menor de 40 años | Inferior a 26.035 € | 5,5% |
| Menor de 40 años | Entre 26.035 € y 46.455 € | 4% |
- Base máxima: 6.000 € al año por contribuyente. De la base se restan las ayudas públicas exentas recibidas
Límite máximo conjunto: Esta deducción junto con Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de Interés Cultural (marca 4), Por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual (marca 33) y Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad (automática), no puede superar el 15% de la cuota íntegra autonómica.
Requisitos
Se aplican las mismas reglas de la deducción estatal de vivienda habitual (normativa 2012) para definir qué es vivienda habitual, requisitos y base. Límite conjunto importante:
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Estatales
-
Configuración de la deducción: Marca 1. Se aplica automáticamente cuando se aplica la deducción estatal. Se tiene en cuenta la edad del declarante según la información de Datos Identificativos.
En caso de no tener derecho a la deducción estatal, dentro de la configuración de la marca 1, existe una casilla para aplicar solamente la deducción autonómica.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0926]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual (marca 33)
Normativa: Arts. 14 bis y 14 quater Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Véase también disposición adicional primera Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma (BOC 01-10-2021 - BOE 25-11-2021)
Erupción de La Palma: no se pierden las deducciones ya aplicadas si la vivienda fue destruida y se puede seguir deduciendo por pagos posteriores.
Importes
- Deducción: 12% de los gastos en rehabilitación energética de la vivienda habitual
Base de la deducción: 7.000 euros al año por contribuyente. Incluye los gastos pagados por obras, siempre mediante medios bancarios (tarjeta, transferencia, cheque o ingreso). Se reducen las ayudas públicas exentas recibidas que cubran esos gastos.
- Límite máximo: 10% de la cuota íntegra autonómica (casilla [0546])
Límite conjunto máximo: Esta deducción junto con Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de Interés Cultural (marca 4), Por inversión en vivienda habitual (automática) y Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad (automática), no puede superar el 15% de la cuota íntegra autonómica.
Requisitos
- La vivienda debe ser propiedad del contribuyente.
No se incluyen obras en garajes, jardines, piscinas, instalaciones deportivas ni mobiliario / electrodomésticos.
-
Qué se considera rehabilitación energética:
- Mejora del ahorro energético o de instalaciones térmicas
- Uso de energías renovables
- Ahorro de agua, reutilización de aguas o mejora del saneamiento
-
Requisitos clave:
- Certificado de eficiencia energética antes y después de las obras
- Facturas o certificación de la comunidad de propietarios
- Conservación de la documentación
- En edificios en comunidad, el gasto se reparte según cuota de participación.
Incompatible con las deducciones: Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de Interés Cultural (marca 4) y Por inversión en vivienda habitual (automática), sobre los mismos gastos.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 33. Indicar la referencia catastral del inmueble.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0939]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.12 casilla de la [1207] y siguientes hasta la [2001]
Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad (automática)
Normativa: Arts. 14 ter y 14 quater Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Véase también disposición adicional primera Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma (BOC 01-10-2021)
Erupción de La Palma: no se pierden las deducciones ya aplicadas si la vivienda fue destruida y se puede seguir deduciendo por pagos posteriores.
Importes
-
Deducción:
14% de los gastos de adaptación de la vivienda para contribuyentes con discapacidad igual o superior al 65% (incluye cónyuge, ascendientes o descendientes que convivan con el contribuyente)
- 18% si el contribuyente o el familiar con discapacidad es mayor de 65 años
- Base máxima: 15.000 € por contribuyente. Incluye gastos de adecuación de la vivienda habitual minorados en las ayudas públicas exentas recibidas.
Límite máximo conjunto: Esta deducción junto con Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de Interés Cultural (marca 4), Por inversión en vivienda habitual (automática) y Por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual (marca 33), no puede superar el 15% de la cuota íntegra autonómica.
Requisitos
Las obras deben ser imprescindibles para la accesibilidad y comunicación sensorial de personas con discapacidad, acreditadas con certificado oficial de valoración.
- Si varios contribuyentes tienen derecho sobre la misma persona:
- La base máxima se prorratea entre ellos.
- Si hay distinto grado de parentesco, solo aplica el de grado más cercano.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Estatales
-
Configuración de la deducción: Marca 2. Se aplica automáticamente cuando se aplica la deducción estatal. Se tiene en cuenta la edad de los beneficiarios de los apartados Datos Identificativos y Ascendientes y Descendientes.
En caso de no tener derecho a la deducción estatal, dentro de la configuración de la marca 2, existe una casilla para aplicar solamente la deducción autonómica.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0927]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No.
Por alquiler de vivienda habitual (marca 9)
Normativa: Art. 15 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: 24% de lo pagado por el alquiler de la vivienda habitual.
-
Límites máximos:
- 740 € anuales por contribuyente.
- 760 € si el contribuyente tiene menos de 40 años o 75 años o más.
Requisitos
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
46.455 euros en tributación individual
61.770 euros en tributación conjunta
El alquiler debe superar el 10% de la base imponible descontando subvenciones.
Debe tratarse de la vivienda habitual, con residencia superior a 1 año y contrato de al menos de esa duración.
El contribuyente debe ser el arrendatario y pagar el alquiler de la vivienda habitual. En caso de matrimonio, solo puede deducir quien figure como firmante del contrato de alquiler, aunque el gasto sea compartido internamente.
Se descuentan ayudas públicas exentas de la base de deducción.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 9. Indicar:
NIF del arrendador
Referencia Catastral
Importe
Subvención por alquiler (si procede)
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0928]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.11 casilla de la [1131] y siguientes hasta la [1136]
Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago (marca 9)
Normativa: Art. 15 bis Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: 25% de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual
-
Límite máximo:
1.200 € al año por contribuyente. En tributación conjunta cada miembro aplica su propio límite y las deducciones se suman.
Requisitos
- Solo se aplica cuando el propietario entrega su vivienda habitual a la entidad financiera (dación en pago) por no poder pagar la hipoteca.
- El contribuyente debe seguir viviendo en la vivienda mediante un contrato de alquiler con opción de compra con la entidad.
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
46.455 euros en tributación individual
61.770 euros en tributación conjunta
- Se descuentan ayudas públicas exentas de la base de deducción.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 9. Marcar la casilla «Arrendamiento vinculado a determinadas operaciones de dación en pago» e informar:
NIF del arrendador
Referencia Catastral
Importe
Subvención por alquiler (si procede)
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0942]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.12 casilla de la [1155] y siguientes hasta la [1170]
Por gastos derivados de la adecuación de un inmueble con destino al arrendamiento como vivienda habitual (marca 40)
Normativa: Art. 15 ter Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
-
Deducción: 10% de los gastos relacionados con el alquiler de inmuebles
- Reparación y conservación del inmueble
- Formalización del contrato de arrendamiento
- Seguros de daños o impago
- Certificados de eficiencia energética
- Límite máximo: 150 € por cada inmueble arrendado en tributación individual o conjunta
Requisitos
- La deducción solo aplica a viviendas alquiladas según la Ley de Arrendamientos Urbanos.
- Debe justificarse con facturas válidas y conservarse durante el plazo legal.
- En matrimonios en gananciales, los gastos se reparten al 50%; en otros casos, depende de quién pague.
- Si hay varios contribuyentes con derecho, el importe se reparte según la participación en el inmueble.
- Las ayudas públicas exentas reducen la base de la deducción.
Incompatible con las deducciones: Por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (marca 35), sobre las mismas cantidades
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 40. Informar el importe de cada tipo de gasto, el porcentaje de participación (propiedad y/o usufructo) del declarante y el de todas las personas con derecho a deducción. Es necesario incluir la relación de los gastos desde el botón Detalle de Gastos.
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [2049]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.14 casilla de la [2123] y siguientes hasta la [2142]
Por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador) (marca 35)
Normativa: Art. 15 quater Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción: 75% de las primas de seguros de crédito que cubran el impago del alquiler de viviendas en Canarias.
Límite máximo: 150 € al año por contribuyente. En tributación conjunta, cada miembro aplica su propio límite y las deducciones se suman.
Requisitos
El seguro debe estar ligado a un arrendamiento de vivienda en Canarias.
El alquiler debe ser de vivienda con contrato mínimo de 1 año con el mismo inquilino.
-
Es obligatorio:
Haber depositado la fianza en la Administración de Canarias.
Declarar el alquiler como rendimiento del capital inmobiliario en el IRPF.
Estar al corriente de obligaciones fiscales.
El alquiler no puede superar 800 € mensuales.
Se descuentan ayudas públicas exentas de la base de la deducción.
Incompatible con las deducciones: Por gastos derivados de la adecuación de un inmueble con destino al arrendamiento como vivienda habitual (marca 40), sobre las mismas cantidades.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 35. Obligatoriamente debes indicar:
NIF del Arrendatario (inquilino)
Referencia Catastral del inmueble arrendado
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0944]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.12 casilla de la [1187] y siguientes hasta la [1203]
Por la puesta de viviendas en el mercado de arrendamiento de viviendas habituales (marca 41)
Normativa: Art. 16 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: 1.000 € por cada vivienda en Canarias destinada al alquiler de vivienda habitual.
Límite máximo: 5 inmuebles por contribuyente, sin contar garajes ni trasteros. Cada inmueble cuenta como una unidad, independientemente de la participación del propietario.
Ámbito Temporal
Solo puede aplicarse una vez, en el primer año en que se alquila la vivienda, según la fecha del contrato (aunque el pago empiece después).
Requisitos
Se aplica solo a inmuebles realmente arrendados (no en espera de alquiler).
-
La deducción la pueden aplicar propietarios o usufructuarios de viviendas que:
Hayan estado sin alquilar y con renta imputada el año anterior, o
Se compren y se alquilen en un plazo máximo de 6 meses desde la adquisición, si no estaban arrendadas antes.
El alquiler debe destinarse a vivienda habitual (Ley de Arrendamientos Urbanos).
El contrato debe tener una duración mínima de 3 años, aunque puede cumplirse sumando contratos si hay interrupciones breves.
El alquiler no puede ser actividad económica.
No se puede alquilar a familiares hasta tercer grado ni al cónyuge o pareja de hecho.
La deducción se reparte según el porcentaje de propiedad o usufructo.
Si se incumplen los requisitos, hay que devolver la deducción con intereses de demora.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 41. Indicar:
Referencia Catastral del inmueble
Porcentaje de participación del declarante
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [2050]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.13 casilla de la [2072] y siguientes hasta la [2077]
Por contribuyentes desempleados (marca 2)
Normativa: Art. 16 bis Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
- Deducción: 120 € para contribuyentes que cobren prestaciones por desempleo
Requisitos
Debes estar en desempleo más de 6 meses en el año.
En declaración conjunta, cada miembro en paro puede aplicar la deducción.
Límite de rendimientos íntegros del trabajo: La suma de las casillas [0003], [0007], [0008], [0024], [0009] y [0010] ha de ser superior a 15.876 € e inferior a 22.000 €, en tributación individual o conjunta.
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y del ahorro (casilla [0460]) menos la casilla [0025] no puede superar 1.600 €.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
Configuración de la deducción: Marca 2. Para su aplicación, debes marcar la casilla «Ha sido residente desempleado más de 6 meses en el ejercicio».
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0933]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por gasto de enfermedad (general) (marca 34)
Normativa: Art. 16 ter Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
-
Deducción:
-
12% de gastos sanitarios (médicos o profesionales de la salud, excepto farmacéuticos). Incluye gastos por:
Prevención, diagnóstico y tratamiento
Salud dental, embarazo y parto
Accidentes, invalidez
También para familiares incluidos en el mínimo familiar
12% de productos sanitarios como gafas, lentillas y otros aparatos para corregir deficiencias físicas
-
Límite máximo: 500 euros en tributación individual y 700 euros en tributación conjunta. Si la suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) supera los 46.455 euros en tributación individual o los 61.770 euros en tributación conjunta, el límite de la deducción será 150 euros por contribuyente.
Incremento adicional de los límites: 100 euros si eres mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%
Requisitos
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
- 46.455 euros en tributación individual
- 61.770 euros en tributación conjunta
- Gastos justificados con factura válida y conservada.
Solo deduce quien paga el gasto. En caso de matrimonios en régimen de gananciales, el gasto se reparte entre los dos cónyuges a partes iguales.
- Las ayudas públicas reducen la base de deducción.
-
No se incluyen:
- Tratamientos estéticos (salvo reparadores o de identidad sexual)
- Seguros médicos
- Gastos reembolsados por la Seguridad Social
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 34. Obligatorio informar el Detalle de Gastos, indicando:
NIF del prestador del servicio médico o sanitario
Importe anual satisfecho con derecho a deducción
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0938]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? Sí, anexo B.13 casilla de la [2084] y siguientes hasta la [2103]
Por familiares dependientes con discapacidad (marca 39)
Normativa: Art. 16 quater Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción:
a) 600 € por cada ascendiente o descendiente con discapacidad igual o superior al 65% que dé derecho al mínimo por discapacidad
b) 20% de las cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar contratados para su cuidado, con un límite máximo de 500 € anuales por contribuyente
Compatibilidad: Se pueden aplicar ambas deducciones a la vez por la misma persona si se cumplen los requisitos
Requisitos
Para la deducción de 600 € (apartado a):
-
Límite de rentas: La suma de la base imponible general (casilla [0435]) y la base imponible del ahorro (casilla [0460]) del contribuyente, no sea superior a:
46.455 euros en tributación individual
61.770 euros en tributación conjunta
Si varios contribuyentes tienen derecho, se prorratea según normas del IRPF.
Para la deducción por empleado del hogar (apartado b):
Debe tratarse de ascendientes o descendientes con discapacidad igual o superior al 65% y que necesiten ayuda de terceras personas
La deducción corresponde al empleador. En caso de matrimonios en gananciales, se repartirá a los dos cónyuges a partes iguales.
Las ayudas públicas exentas recibidas para cubrir estos gastos reducen la base de deducción.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción:
Para la deducción a) NO es necesario indicar nada. Se aplica automáticamente en función de los datos del ascendiente o descendiente.
-
Para la deducción b) configurar una Marca 39. Obligatorio indicar:
NIF del trabajador
Cotizaciones a la Seguridad Social
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [0941]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
Por cuotas satisfechas a la Seguridad Social por la contratación de empleados o empleadas de hogar (marca 42)
Normativa: Art. 16 quinquies Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Importes
Deducción: 20% de las cuotas a la Seguridad Social por empleado/a del hogar en la vivienda habitual
Límite máximo: 500 € al año por contribuyente, aunque haya varios empleados contratados. En tributación conjunta, cada contribuyente aplica su propio límite y se suman.
Requisitos
Pueden aplicar la deducción quienes cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:
Tengan hijos a cargo y obtengan rendimientos del trabajo o actividades económicas.
Tengan 75 años o más.
Tengan más de 65 años con discapacidad y discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% o discapacidad cognitiva, psicosocial, intelectual o del desarrollo igual o superior al 33%.
Condiciones:
La deducción corresponde al empleador. En caso de matrimonios en gananciales, se repartirá a los dos cónyuges a partes iguales.
Se puede aplicar por varios empleados, pero con un límite total de 500 € al año.
Las ayudas públicas exentas recibidas para cubrir estos gastos reducen la base de deducción.
Configuración en TeamSystem Renta
Apartado del programa en el que se informa: Deducciones Autonómicas
-
Configuración de la deducción: Marca 42. Obligatoriamente indicar:
NIF del trabajador
Cotizaciones a la Seguridad Social
-
Marcar si procede:
«En caso de matrimonio, si su régimen económico es el de gananciales y ambos cónyuges cumplen con los requisitos para aplicar la deducción»
«El contribuyente tiene una discapacidad ≥ 33 % de tipo cognitiva, psicosocial, intelectual o del desarrollo»
Casilla del modelo 100 (BOE) en la que aparecerá: Casilla [2051]
¿Dispone de anexo dentro del modelo 100? No
💡 Puedes comprobar los importes aplicados a través del botón Total Deducciones del apartado Autonómicas.
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