🏠 Deducción por arrendamiento de vivienda en Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales
Normativa:
Art. 4 quinquies Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio
💶 Cuantía y límite máximo de la deducción
🔹 Se podrá deducir el 15 % de los gastos satisfechos en concepto de alquiler de vivienda, cuando el contribuyente se traslade temporalmente de una isla a otra del archipiélago balear por motivos laborales dentro de la misma relación laboral por cuenta ajena.
📉 Límite máximo de deducción: 440 € anuales por contribuyente que cumpla los requisitos.
📄 Requisitos y condiciones
- Que el arrendamiento sea de un inmueble destinado a vivienda habitual del contribuyente y esté efectivamente ocupado por él.
- Que se haya constituido el depósito de la fianza (art. 36.1 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos) a favor del Instituto Balear de la Vivienda
- Que el contribuyente identifique al arrendador en la autoliquidación del impuesto.
- Que se pueda justificar documentalmente el gasto de alquiler y el cumplimiento del resto de requisitos.
- Que el traslado temporal no exceda de 3 años.
👨👩👧👦 Particularidades en caso de tributación conjunta
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La deducción será aplicable a cada contribuyente que traslade su residencia a otra isla, dentro de la misma relación laboral, siempre que cumpla los requisitos anteriores.
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En caso de matrimonios en régimen de gananciales, si solo uno de los cónyuges se traslada, solo él podrá aplicar la deducción, y únicamente por el 50 % de las cantidades satisfechas por el alquiler.
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🛑 Límites de renta
La suma de la base imponible general y del ahorro (casillas [0435] y [0460]) no supere:
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33.000 € en tributación individual
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52.800 € en tributación conjunta
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🖥️ ¿Cómo se informa en el programa Renta?
Para informar esta deducción en el programa:
1️⃣ Accede al apartado Autonómicas.
2️⃣ Da de alta una marca 32 - Por arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia, indicando:
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Tipo: 1 - Declarante, 2 - Cónyuge o 3 - Ambos
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NIF del arrendador (o NIF del país de residencia, si es extranjero)
- Importes satisfechos en el período impositivo por el arrendamiento de la vivienda habitual
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El programa controla automáticamente los límites de las casillas [0435] (base imponible general) y [0460] (base imponible del ahorro) y solo aplica la deducción en el caso de que corresponda.
✅ Verificación
Para comprobar que el programa aplica correctamente la deducción se puede acceder al apartado Autonómicas y pulsar el botón de Total deducciones.
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