🏡 Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en concejos en riesgo de despoblación
Para informar esta deducción, acudiremos al Menú Principal de Renta > apartado Autonómicas.
En este apartado, daremos de alta un registro con la marca 5 - Por riesgo de despoblación y el tipo de declarante con derecho (Declarante, Cónyuge o Ambos). De entre todas las opciones disponibles, marcaremos la casilla "Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual".
Para que el programa pueda aplicar la deducción, debes acceder al apartado Datos Identificativos y marcar la casilla "Concejo en riesgo de despoblación" en el titular y/o cónyuge, según corresponda.
💰 Cuantía de la deducción
🔹 5 % de las cantidades satisfechas durante el ejercicio por la adquisición o rehabilitación de una vivienda habitual situada en concejos en riesgo de despoblación del Principado de Asturias.
🔹10 % de deducción, si además concurre alguna de las siguientes circunstancias en el contribuyente:
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Edad igual o inferior a 35 años a la fecha de devengo del impuesto.
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Ser miembro de familia numerosa.
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Ser miembro de familia monoparental.
✅ Requisitos de aplicación
1. Ubicación de la vivienda
Debe estar situada en un concejo en riesgo de despoblación del Principado de Asturias.
🔎 Se consideran “concejos en riesgo de despoblación” aquellos que tienen una población de hasta 20.000 habitantes y han sufrido una reducción
poblacional mínima del 10 % desde el año 2000.
📎 Puedes consultar el listado oficial para el ejercicio 2024 a través del siguiente enlace:
👉 Concejos en riesgo de despoblación – Principado de Asturias
2. Uso como vivienda habitual
El inmueble debe constituir la vivienda habitual del contribuyente.
3. Domicilio fiscal
El domicilio fiscal debe mantenerse en el concejo durante al menos tres años desde la adquisición o rehabilitación.
🛑 Límite de renta del contribuyente
La suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas [0435] y [0460] de la declaración) no debe superar:
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35.000 € en tributación individual
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45.000 € en tributación conjunta
📄 Requisitos documentales
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La acreditación de los gastos que generan derecho a deducción deberá realizarse mediante:
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Factura
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Otro medio legalmente válido en el tráfico jurídico o económico conforme al Derecho
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💰 Base de la deducción
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La base está constituida por las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición o rehabilitación de la vivienda, incluyendo:
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Amortización del préstamo hipotecario
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Intereses satisfechos
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Gastos asociados a la adquisición (como notaría, registro, etc.)
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🔹 En caso de financiación ajena, la deducción se aplicará a medida que se amortice el principal, siempre que se cumplan el resto de requisitos.
🔒 Base máxima de la deducción
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Máximo deducible: 10.000 €
-
En declaración conjunta, también se mantiene este límite máximo de 10.000 €
🚨 Importante:
Si dos o más contribuyentes tienen derecho a aplicar esta deducción sobre los mismos bienes en un mismo ejercicio:
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La base máxima de deducción se prorrateará a partes iguales entre ellos.
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Solo podrán aplicarse la deducción aquellos que cumplan con todos los requisitos establecidos.
📌 Ejemplo: Caso general
Un matrimonio adquiere su vivienda habitual en un municipio del Principado de Asturias catalogado como concejo en riesgo de despoblación. Ambos declarantes tienen más de 35 años y durante el ejercicio han satisfecho 12.000 euros destinados a la devolución del préstamo hipotecario.
En los Datos Identificativos de ambos declarantes deber marcarse la casilla Concejo en riesgo por despoblación.
En el apartado Autonómicas, la deducción se captura de la siguiente forma:
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Tipo 3 – Ambos
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Marca 5 – Por riesgo de despoblación
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Seleccionando la casilla “Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual”
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Nº personas con derecho: 2 personas con derecho
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Introduciendo el importe satisfecho: 12.000 €
En la parte inferior del formulario, el programa mostrará el importe de deducción aplicable, tanto para tributación conjunta como individual, teniendo en cuenta:
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Base máxima de deducción: 10.000 €
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Porcentaje aplicable: 5 % (al no cumplirse ninguno de los requisitos para aplicar el 10 %)
Tributación conjunta: 10.000 € × 5 % = 500 €
Tributación individual (prorrateo): 5.000 € × 5 % = 250 € por contribuyente
✅ Observación: La deducción resulta aplicable en este caso, ya que las bases imponibles de los declarantes no superan los límites establecidos por la normativa autonómica.
📌 Ejemplo: Contribuyente familia numerosa monoparental
Contribuyente soltera, con custodia completa de dos hijos menores de edad, que ha adquirido su vivienda habitual en un municipio del Principado de Asturias declarado concejo en riesgo de despoblación. Durante el ejercicio objeto de la declaración, ha amortizado 6.000 euros correspondientes a su préstamo hipotecario.
En los Datos Identificativos de la declarante deber marcarse la casilla Concejo en riesgo por despoblación.
En el apartado Autonómicas, la deducción se captura de la siguiente forma:
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Tipo 1 – Declarante
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Marca 5 – Por riesgo de despoblación
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Seleccionando las casillas “Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual” y "Es una familia numerosa o monoparental"
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Nº personas con derecho: 1 persona con derecho
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Introduciendo el importe satisfecho: 6.000 €
En la parte inferior del formulario, el programa mostrará el importe de deducción aplicable, tanto para tributación conjunta como individual, teniendo en cuenta:
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Base máxima de deducción: 10.000 €
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Porcentaje aplicable: 10 %
Tributación conjunta: 6.000 € × 10% = 600 €
Tributación individual: 6.000 € × 10% = 600 €
✅ Observación: La deducción resulta aplicable en este caso, ya que la base imponible de la declarante no superan los límites establecidos por la normativa autonómica.
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