📖 Normativa: Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, que amplía los derechos de conciliación familiar.
👥 ¿Quién puede solicitarlo?
Personas que ya han disfrutado las 6 semanas obligatorias tras el nacimiento, adopción o acogida y desean ampliar el permiso con los periodos adicionales previstos en la normativa.
📅 Periodos adicionales según la fecha de inicio del permiso
| Fecha de inicio | Periodos adicionales | Familias monoparentales |
|---|---|---|
| Desde 31/07/2025 | 11 semanas + 2 semanas hasta los 8 años | 22 + 4 semanas |
| Entre 02/08/2024 y 30/07/2025 | 10 semanas + 2 semanas hasta los 8 años | 20 + 4 semanas |
| Antes del 02/08/2024 | 10 semanas | 20 semanas |
💻Cómo informar los periodos sucesivos del permiso de Nacimiento y Cuidado del menor en Gestión Laboral
Para registrar una incapacidad temporal derivada del descanso maternal o paternal, puedes acceder a la Gestión de Incidencias desde distintos apartados de la aplicación:
- Menú Nóminas > sección Gestión de Incidencias
- Ficha del trabajador, apartado General > opción Incidencias > botón Mto. de Incidencias
- Mantenimiento de Trabajadores, pulsando el botón Incidencias
Dentro de la Gestión de Incidencias, pulsa Alta para crear una nueva incidencia y selecciona el Tipo: I - Incapacidad Temporal y Subtipo: 9 - Descanso Maternal / Paternal.
✍️ Datos a cumplimentar
🔹 Fechas
Informa la fecha de inicio del nuevo permiso.
El programa calcula automáticamente la fecha fin, sumando 17 semanas a la fecha de inicio.
Por este motivo, será necesario modificar dicha fecha en función del supuesto concreto en el que se encuentre el trabajador o la trabajadora.
🔹 Bases Reguladoras
Para trabajadores a tiempo completo se toma la base del mes anterior al mes previo al hecho causante.
Para trabajadores a tiempo parcial o fijos discontinuos se toma la media de las bases de los 12 meses anteriores al mes previo al hecho causante.
🔹Tipo de Prestación
Mantén seleccionada la opción “Con Derecho” que aparece por defecto.
💼 Generación del Certificado de periodos sucesivos para el INSS
La empresa debe emitir el correspondiente certificado para que el trabajador o trabajadora pueda solicitar la prestación económica ante el INSS. Para ello, sigue estos pasos:
1️⃣ Desde la propia incidencia, pulsa el botón Cert. Mat/Pat.
2️⃣ Rellena los siguientes campos:
-
Acción a realizar.
-
Motivo correspondiente.
De acuerdo con lo establecido en el Boletín de Noticias RED 4/2019, únicamente deberán cumplimentarse los siguientes campos:
- Fecha de inicio
-
Fecha de inicio y fecha de fin del siguiente periodo de disfrute
🚨 La cumplimentación de estos datos debe realizarse conforme a las directrices recogidas en el citado boletín, con el fin de garantizar la correcta tramitación del certificado.
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