El Régimen Especial del Mar es un sistema especial integrado dentro del Régimen General de la Seguridad Social, que regula la cotización, afiliación y prestaciones de las personas trabajadoras o asimiladas del sector marítimo-pesquero que ejercen su actividad en territorio nacional o están incluidas en los supuestos definidos por la ley.
📖 Normativa: Ley 47/2015, de 21 de octubre
⚖️ Características
Bases y tipos de cotización específicos, según el tipo de embarcación y la zona marítima.
Clasificación de trabajadores en grupos, cada uno con códigos propios de régimen (0811–0814).
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Cobertura diferenciada en:
Accidentes de trabajo y enfermedad profesional
Desempleo
IT, jubilación y cese de actividad
Gestión de trámites a través del Instituto Social de la Marina (ISM) y el Sistema RED, igual que otros sistemas del Régimen General.
🌊 Grupos de cotización
El régimen distingue los siguientes grupos:
- Grupo I
- Grupo II-A
- Grupo II-B
- Grupo III
Cada grupo tiene particularidades en la forma de calcular la base de cotización.
📊 Bases de Cotización
Consulta las bases anuales desde el menú Ficheros > sección Bases y Tipos de Cotización > opción del desplegable Régimen del Mar.
⚙️ Configuración del Régimen Especial del Mar en Gestión Laboral
Esta guía te ayudará a configurar correctamente empresas y trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
🏢 Configuración de la Empresa
1️⃣ Asignar el régimen de la empresa
- Accede al menú Ficheros > sección Empresas.
Edita la empresa y accede al apartado General > sección Seguridad Social, del menú situado en el lateral izquierdo.
En el campo Régimen S.S. selecciona el régimen especial del mar correspondiente.
🆔 Códigos de Régimen por Grupo
| Grupo | Código | Descripción |
|---|---|---|
| Grupo I | 0811 | Régimen Especial del Mar para trabajadores por cuenta ajena |
| Grupo II-A | 0812 | Régimen Especial del Mar para trabajadores por cuenta ajena |
| Grupo II-B | 0813 | Régimen Especial del Mar para trabajadores por cuenta ajena |
| Grupo III | 0814 | Régimen Especial del Mar para trabajadores por cuenta ajena |
2️⃣ Alta de cuenta de cotización
- Desde Ficha de la Empresa > General > Cuentas de cotización > Alta.
- Crear una cuenta por cada grupo si hay trabajadores de distintos grupos.
3️⃣ Asignar el régimen al centro de trabajo
- Accede al menú Ficheros > sección Empresas.
Edita la empresa y accede al apartado General > sección Centros, del menú situado en el lateral izquierdo.
Crea o edita el centro y en la pestaña Principal, selecciona también el Régimen S.S.
- Asigna la cuenta de cotización correspondiente.
👤 Configuración del Trabajador
Para cada trabajador/a de este régimen especial:
1️⃣ Asignar el régimen en la ficha del trabajador
- Ve al menú Ficheros > sección Trabajadores.
- Edita al trabajador o trabajadora.
En apartado Trabajo > opción Cotización, selecciona en el campo Régimen: Mar.
2️⃣ Elegir régimen de cotización
Selecciona el grupo correspondiente (I, II-A, II-B o III).
3️⃣ Seleccionar la Zona territorial (para grupos II-A, II-B y III)
Establece la zona desde el botón de la lupa.
La base de cotización se determina anualmente por provincia, modalidad de pesca y categoría profesional.
🧮 Cálculo de Bases de Cotización
Grupo I
Cotiza igual que el Régimen General.
📌 Ejemplo práctico Grupo I
En este caso, el salario bruto del trabajador es superior a la base mínima correspondiente al grupo de cotización seleccionado. Por tanto, se cotiza por el importe bruto.
Si el salario bruto hubiera sido inferior a la base mínima, se aplicaría esta última como base de cotización. Por ejemplo, para un trabajador encuadrado en el Grupo 10 – Peones, la base mínima aplicable sería de 1.381,20€.
Grupo II-A
Coeficiente corrector: 2/3 sobre la Base de Contingencias Comunes.
📌 Ejemplo práctico Grupo II-A
Un trabajador perteneciente al Grupo II-A, ubicado en la zona 01 y con Grupo de Cotización 10, tiene asignada una Base C de 1.770 €.
Para calcular la base de contingencias comunes, se aplica un coeficiente corrector de 2/3:
1.770 × 2/3 = 1.180€
Para la base de contingencias profesionales, no se aplica coeficiente corrector, por lo que se mantiene en 1.770 €.
Grupo II-B
Coeficiente corrector: 1/2 sobre la Base de Contingencias Comunes.
📌 Ejemplo práctico Grupo II-B
Un trabajador perteneciente al Grupo II-B, ubicado en la zona 01 y con Grupo de Cotización 10, tiene asignada una Base C de 1.650 €.
- Para calcular la base de contingencias comunes, se aplica un coeficiente corrector de 1/2:
1.650 × 1/2 = 825€
- Para la base de contingencias profesionales, no se aplica coeficiente corrector, por lo que se mantiene en 1.650 €.
Grupo III
Coeficiente corrector: 1/3 sobre la Base de Contingencias Comunes.
📌 Ejemplo práctico Grupo III
Un trabajador perteneciente al Grupo III, ubicado en la zona 01 y con Grupo de Cotización 10, tiene asignada una Base C de 1.509 €.
Para calcular la base de contingencias comunes, se aplica un coeficiente corrector de 1/3:
1.509 × 1/3 = 503€
Para la base de contingencias profesionales, no se aplica coeficiente corrector, por lo que se mantiene en 1.509 €.
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