La Orden HAC/1274/2020, de 28 de diciembre, introdujo importantes modificaciones en el modelo 303. Una de las más destacadas fue la eliminación de la casilla 67 “Cuotas a compensar de períodos anteriores”, que fue sustituida por tres nuevas casillas, con el objetivo de mejorar el desglose y trazabilidad del crédito a compensar:
- [110] Cuotas a compensar pendientes de períodos anteriores donde se arrastrará automáticamente el importe pendiente de compensar anterior.
- [78] Cuotas a compensar de períodos anteriores aplicadas en este periodo. Los contribuyentes indicarán qué importe del que figura en la casilla 110 quieren aplicar en esta liquidación. No puede ser superior a la casilla 110. Tampoco puede tener contenido si el resultado de la liquidación, casilla [71], es negativo y se marca A Compensar.
- [87] Cuotas a compensar de períodos previos pendientes para periodos posteriores. Es la diferencia entre las casillas 110 y 78. No puede ser negativa.
Estas casillas se encuentran en la pestaña Resultado del modelo 303.
Cómo informo cuotas a compensar si empiezo a trabajar con Gestión Fiscal
Gestión Fiscal incorpora automáticamente las cuotas pendientes de compensar al generar los modelos 303 de períodos consecutivos.
No obstante, si el usuario es nuevo en el programa o comienza a utilizarlo a mitad de ejercicio, la única forma de incluir las cantidades a favor del contribuyente es introduciéndolas manualmente en el trimestre correspondiente, concretamente en la casilla 110, y a partir de ahí, aplicar el importe que corresponda.
Cómo compenso cuotas pendientes de períodos anteriores
En el alta del modelo, el programa trasladará automáticamente el importe pendiente total que figura en la casilla 110 a la casilla 78. Al guardar, se mostrará un mensaje de aviso para recalcular el importe aplicable.
🔹Si la suma de los resultados da una cantidad a ingresar y disponemos de un saldo a favor para compensar, al pulsar Grabar, Presentar liquidación o al generar el borrador en formato oficial, aparecerá el siguiente mensaje:
El usuario debe aceptar el recálculo propuesto por el programa si desea aplicar todo el importe posible a compensar.
🔹Cuando las cuotas a compensar superen la suma de los resultados del régimen general y/o del régimen simplificado, el programa propondrá compensar hasta dejar el resultado previo en cero.
El resultado previo nunca será negativo después de la compensación, conforme a lo estipulado por la normativa.
El importe restante por compensar se mostrará en la parte inferior del modelo, como información adicional para el usuario, y será lo que se trasladará al siguiente período.
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