📅 Ámbito de aplicación
Con efectos para los períodos impositivos que comiencen a partir del 2 de julio de 2022, se incorpora en el artículo 38 ter de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) una nueva deducción en la cuota íntegra del 10 % sobre las siguientes contribuciones empresariales imputadas a favor de los trabajadores.
👥 Beneficiarios
✅ Trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 €:
La deducción se aplica al 10 % de las contribuciones realizadas a:
- Planes de pensiones de empleo
- Planes de previsión social empresarial
- Planes de pensiones regulados en la Directiva (UE) 2016/2341
(Siempre que el contribuyente sea el promotor del plan)
⚠️ Trabajadores con retribuciones brutas iguales o superiores a 27.000 €:
La deducción solo se aplicará sobre la parte proporcional que corresponda a 27.000 € de retribución bruta anual.
🖥️ ¿Cómo se informa esta deducción en el programa TS Sociedades?
- Accede a la pestaña Deducciones.
- ➕ Da de alta una nueva deducción con el código "CPS".
- 📆 Indica el ejercicio correspondiente (en el que la deducción esté vigente).
- 💶 Introduce el importe a deducir.
El programa controla automáticamente el límite del 25 % de la cuota íntegra, aplicando el máximo deducible y dejando pendiente el exceso si lo hubiera.
❗ERROR HABITUAL
Es habitual confundir esta deducción con otra ya derogada, que se informaba con el código PP. Si se indica un código incorrecto, el programa mostrará el siguiente mensaje:
❌ El año-código NO EXISTE o NO CORRESPONDEN
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