En el siguiente artículo podrás consultar diferentes escenarios relacionados con las autoliquidaciones rectificativas del modelo 200. El contenido está dividido en tres grandes bloques:
🔹 Rectificativa para declarar un mayor ingreso
🔹 Rectificativa para declarar un menor ingreso
🔹 Rectificativa para declarar resultado 0
🔹 Rectificativa para declarar una cantidad a devolver
🔹 Rectificativa para declarar un mayor ingreso
🔹 Rectificativa para declarar una cantidad a devolver
🔹 Rectificativa para declarar un menor ingreso
🔹 Rectificativa para declarar una mayor devolución
🔹 Rectificativa para declarar una menor devolución
🔹 Rectificativa para declarar una cantidad a devolver fuera de plazo
🔔 Este artículo se irá ampliando en los próximos días a medida que se verifiquen las validaciones realizadas por la Agencia Tributaria.
1️⃣ Declaración original con resultado a ingresar e importe domiciliado, dentro del plazo de domiciliación
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Original a ingresar (domiciliada) y rectificativa a ingresar más
Tenemos una declaración original que resultó en un importe a ingresar de 3.000 euros, presentada mediante domiciliación bancaria.
Tras realizar las modificaciones pertinentes, comprobamos que el nuevo resultado es un importe a ingresar mayor, 3.500 euros, y que aún estamos dentro del plazo de domiciliación, por lo que vamos a presentar una declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del impuesto y completamos los datos requeridos:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación correspondiente. En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A y B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación, apartado Liquidación IV - 2 -, donde introduciremos manualmente en la casilla 1578 el importe correspondiente a la liquidación original.
Se mostrará el nuevo importe en la casilla [00621], calculado según la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
IMPORTANTE: En este caso no se permite presentar la declaración rectificativa con forma de pago "domiciliación". Por lo que la opción más
recomendable es presentarla con NRC.
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Original a ingresar (domiciliada) y rectificativa para ingresar menos
Tenemos una declaración original que arrojó un resultado a ingresar de 3.000 euros, presentada mediante domiciliación bancaria.Tras realizar las modificaciones pertinentes, comprobamos que el nuevo resultado es un importe a ingresar menor, concretamente 2.500 euros, y vamos a presentar la declaración rectificativa dentro del plazo de domiciliación.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del impuesto y completamos los datos requeridos:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación correspondiente.
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En este caso, debemos cumplimentar la casilla A con el importe de la declaración original (3.000 euros).
Puedes recuperar este importe pulsando el botón situado a la izquierda de la casilla.
- En este caso, debemos cumplimentar la casilla B con el importe de la declaración original que se anula con la rectificativa (3.000 euros).
📝 Nota: El programa detecta que la forma de pago de la declaración original fue mediante domiciliación bancaria y, por tanto, marca automáticamente la casilla "Como consecuencia de la presentación de la liquidación rectificativa solicito dar de baja la domiciliación efectuada."
Finalmente, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde se reflejará el nuevo importe en la casilla [00621], calculado según la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
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Original a ingresar (domiciliada) y rectificativa con el mismo resultado
Contamos con una declaración original cuyo resultado fue a ingresar 3.000 euros, presentada mediante domiciliación bancaria.
Tras realizar las modificaciones pertinentes, comprobamos que el nuevo resultado no varía, es decir, sigue siendo 3.000 euros, y decidimos presentar la declaración rectificativa dentro del plazo de domiciliación.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del impuesto y cumplimentamos los datos necesarios:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A ni B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde:
- Se deberá indicar el importe de la declaración original en la casilla [01578].
- Se mostrará el nuevo cálculo en la casilla [00621], según la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
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Original a ingresar (domiciliada) y rectificativa para declarar una cantidad a devolver
Disponemos de una declaración original cuyo resultado fue a ingresar 3.000 euros, presentada mediante domiciliación bancaria.
Tras realizar las modificaciones pertinentes, comprobamos que el resultado se ha vuelto favorable al declarante, dando lugar a una cantidad a devolver de -1.000 euros. Como aún estamos dentro del plazo de domiciliación, procedemos a presentar la declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del modelo 200 y completamos la información necesaria:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración original.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
- En este caso, debemos cumplimentar las casillas A y B:
- El importe de la casilla A (resultado de la declaración original) puede recuperarse automáticamente pulsando el botón situado a la izquierda de dicha casilla.
- El importe de la casilla B (nuevo resultado de la declaración) debe introducirse manualmente.
📝 Nota: El programa detecta que la forma de pago original fue domiciliación bancaria y, por tanto, marca automáticamente la casilla "Como consecuencia de la presentación de la liquidación rectificativa solicito dar de baja la domiciliación efectuada."
Finalmente, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 - , donde se mostrará el nuevo importe en la casilla [00621], calculado según la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
2️⃣ Declaración original con resultado a ingresar e importe a pagar no domiciliado
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Original a pagar (no domiciliada) y rectificativa a ingresar más
Contamos con una declaración original cuyo resultado fue a ingresar 3.000 euros, presentada mediante una forma de pago distinta a la domiciliación (por ejemplo, fraccionamiento, adeudo en cuenta, etc.).
Tras realizar las modificaciones correspondientes, el nuevo resultado es a ingresar 3.500 euros, por lo que procedemos a presentar una declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del modelo 200 y completamos la información necesaria:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A ni B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde:
- Se debe indicar manualmente el importe de la declaración original en la casilla [1578].
- Se mostrará el nuevo cálculo en la casilla [00621], aplicando la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
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Original a pagar (no domiciliada) y rectificativa para declarar una cantidad a devolver
Contamos con una declaración original cuyo resultado fue a ingresar 3.000 euros, presentada mediante una forma de pago distinta a la domiciliación (por ejemplo, fraccionamiento, adeudo en cuenta, etc.).
Tras realizar las modificaciones pertinentes, el nuevo resultado es una cantidad a devolver de -1.000 euros, por lo que vamos a presentar una declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del impuesto y completamos la información correspondiente:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A ni B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde:
- Se debe introducir manualmente el importe de la declaración original en la casilla [1578].
- El nuevo importe se mostrará en la casilla [00621], calculado conforme a la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
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Original a pagar (no domiciliada) y rectificativa a ingresar menos
Contamos con una declaración original cuyo resultado fue a ingresar 3.000 euros, presentada mediante una forma de pago distinta a la domiciliación (por ejemplo, fraccionamiento, adeudo en cuenta, etc.).
Tras realizar las modificaciones correspondientes, el nuevo resultado es a ingresar 2.500 euros, por lo que procedemos a presentar una declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del modelo 200 y completamos la información necesaria:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A ni B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde:
- Se debe indicar manualmente el importe de la declaración original en la casilla [1578].
- Se mostrará el nuevo cálculo en la casilla [00621], aplicando la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
3️⃣ Declaración original con resultado a devolver
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Original a devolver y rectificativa para declarar una mayor devolución
Disponemos de una declaración original cuyo resultado fue a devolver -3.000 euros.
Tras realizar las modificaciones pertinentes, el nuevo resultado es una mayor cantidad a devolver, concretamente -5.000 euros, por lo que procedemos a presentar una declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del modelo 200 y completamos la información necesaria:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A ni B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde:
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Debemos introducir manualmente en la casilla [1584] el importe de la devolución que haya sido acordada por la AEAT.
Si la devolución aún no ha sido acordada por la AEAT, la casilla [1584] debe dejarse vacía.
- Finalmente, se mostrará el nuevo importe en la casilla [00621], calculado según la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
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Original a devolver y rectificativa para declarar una menor devolución
Disponemos de una declaración original cuyo resultado fue a devolver -3.000 euros.
Tras realizar las modificaciones pertinentes, el nuevo resultado es una menor cantidad a devolver, concretamente -2.000 euros, por lo que procedemos a presentar una declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del modelo 200 y completamos la información necesaria:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A ni B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde:
-
Debemos introducir manualmente en la casilla [1584] el importe de la devolución que haya sido acordada por la AEAT.
Si la devolución aún no ha sido acordada por la AEAT, la casilla [1584] debe dejarse vacía.
- Finalmente, se mostrará el nuevo importe en la casilla [00621], calculado según la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
4️⃣Declaración original con resultado a ingresar con solicitud de aplazamiento
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Original con resultado a ingresar con solicitud de aplazamiento y rectificativa para declarar una cantidad a devolver fuera de plazo
Contamos con una declaración original cuyo resultado fue a ingresar 2.000 euros, presentada con solicitud de aplazamiento.
Tras realizar las modificaciones pertinentes, el nuevo resultado es una cantidad a devolver, concretamente -700 euros, por lo que procedemos a presentar una declaración rectificativa.
Para ello, accedemos al apartado "Datos rectificativa" en la Carátula del modelo 200 y completamos la información necesaria:
- Marcamos la primera casilla: "Si esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una 'X' esta casilla."
- Indicamos el número de justificante de la declaración anterior.
- Seleccionamos el motivo de la rectificación.
En este caso, no es necesario cumplimentar las casillas A ni B.
A continuación, accedemos a la pestaña Liquidación > apartado Liquidación IV - 2 -, donde:
- Debemos introducir manualmente en la casilla [1578] el importe a ingresar de la declaración original.
- Finalmente, se mostrará el nuevo importe en la casilla [00621], calculado según la fórmula:
00621 = 1586 - 1578 + 1584
La presentación de esta autoliquidación rectificativa tiene los siguientes efectos:
En el momento de la presentación, la empresa mantiene una deuda de 2.000 euros que se encuentra aplazada. Al presentar la autoliquidación rectificativa no resulta ningún importe a ingresar, por lo que se considerará minorado el importe inicialmente adeudado, hasta su anulación total.
Por otro lado, como consecuencia de la rectificación, la empresa tendrá derecho a una devolución de 700 euros, derivada de la normativa del tributo. Esta devolución debe solicitarse mediante la cumplimentación de la casilla [00621], e indicarse en el apartado «Devolución (4)» del Documento de Ingreso o Devolución del modelo 200.
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