Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales
📖 Normativa: Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas, y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
🔒 ¿Quiénes están obligados?
Los siguientes contribuyentes:
🔹 Sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la renta de no residentes que actúen mediante establecimiento permanente en España
🔹 Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en España
Cuando realicen operaciones con personas o entidades vinculadas conforme al artículo 18.2 de la LIS.
| Tipo de operación | ¿Obligado a presentar Modelo 232? |
|---|---|
| Conjunto de operaciones del mismo tipo y método de valoración > 50% de la cifra de negocio | ✅ Sí |
| Operaciones específicas del mismo tipo > 100.000 € | ✅ Sí |
| Operaciones específicas del mismo tipo ≤ 100.000 € | ❌ No |
| Operaciones con una misma entidad vinculada > 250.000 € (no específicas) | ✅ Sí |
| Operaciones con una misma entidad vinculada ≤ 250.000 € (no específicas) | ❌ No |
¿Qué se consideran operaciones específicas?
👤 Operaciones con personas físicas en estimación objetiva que tengan una participación ≥ 25% (individual o familiar)
🔄 Transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no cotizadas o en paraísos fiscales
🏠 Transmisión de inmuebles y operaciones sobre intangibles
🌍 Otras obligaciones específicas de declaración en el Modelo 232:
Si se aplica la reducción por cesión de determinados activos intangibles a personas o entidades vinculadas (Art. 23 LIS y DT 20ª), debe cumplimentarse el cuadro específico.
Si se realizan operaciones con paraísos fiscales o se tienen valores en ellos, también debe presentarse el Modelo 232, independientemente del importe.
❌ Operaciones excluidas (NO obligación de presentar Modelo 232)
🧾 Operaciones dentro de un grupo fiscal
🤝 AIEs y UTES (excepto UTEs que se acogen a exención por rentas en el extranjero — Art. 22 LIS)
📈 Operaciones en el marco de OPV (ofertas públicas de venta) u OPA (ofertas públicas de adquisición de valores), independientemente del volumen
📅 Plazo de presentación
La declaración se presenta anualmente, en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar.
Ejemplo común: Si el ejercicio económico coincide con el año natural (finaliza el 31 de diciembre), el plazo de presentación será del 1 al 30 de noviembre del año siguiente.
📤 Forma de presentación
Se efectuará exclusivamente por vía electrónica a través de internet.
🖥️ ¿Cómo se genera en el programa TS Sociedades?
Puedes acceder al modelo 232 de dos maneras:
🔹 Desde el botón situado en la barra de iconos de acceso rápido
🔹 O desde el menú Sociedades > sección Grabar-Modificar Mod. 232
En la parte superior de la ventana aparecerán los datos del CIF, Razón Social, Ejercicio y Período Impositivo informados en la pestaña Carátula del modelo 200.
También se indicará si la declaración es Inicial, Complementaria o Sustitutiva, indicando cuando proceda, el número de justificante.
✍️ El modelo es de cumplimentación manual. No se recupera información automáticamente desde otras aplicaciones de TeamSystem | Aplifisa.
La información se detallará desde el botón Alta, tanto en las pestañas Entidades Vinculadas como en las relativas a Paraísos Fiscales.
Si se ha realizado el modelo en la versión anterior de TS Sociedades, al recuperar la empresa desde la opción Utilidades > Recuperar datos del ejercicio anterior, se trasladarán los registros de cada pestaña con o sin los importes, en función de lo que se configure en el traspaso.
📤 ¿Cómo se presenta el modelo 232?
Una vez capturada la información a declarar, accede al botón Servicios y genera el fichero para el envío.
🚫 No existe presentación por enlace directo La presentación del modelo 232 no puede realizarse mediante un enlace directo desde el programa Sociedades ni desde otros sistemas externos a la Agencia Tributaria.
⚙️ Opciones de envío disponibles
🖥️ Acceso a Formulario AEAT modelo 232
Accediendo directamente al formulario web desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT) e importando el fichero generado por el programa en la ruta indicada. Se solicitará identificación mediante certificado digital.
Sube ese fichero en la opción “Importar” del formulario de la AEAT.
🌐 Abrir Sede Electrónica de la Agencia Tributaria
El programa genera el fichero de presentación en la carpeta correspondiente y abre la página de inicio de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
A diferencia del método anterior, no enlaza directamente con el formulario específico del modelo 232. El usuario debe navegar manualmente dentro de la sede para localizar la página de presentación del modelo.
📁 Generar Fichero
Esta opción únicamente genera el fichero .232, sin abrir la web de la AEAT. El fichero se guarda en la ruta predeterminada por el programa o en una carpeta personalizada que el usuario elija.
Ideal si se desea tener control sobre el archivo para subirlo más tarde o desde otro equipo.
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